Ley [CFF]

Artículo 86-c de Código Fiscal De La Federación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 86-c. Se considera infracción en la que pueden incurrir los contribuyentes conforme lo previsto en el artículo de , el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto conforme lo previsto en el mismo.

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