Ley [CFPC]
Artículo 190 de Código Federal De Procedimientos Civiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Cuarto CAPÍTULO VIII
Artículo 190.- Las presunciones son:
- I- Las que establece expresamente la ley, y
- II- Las que se deducen de hechos comprobados.