Ley [CFPC]
Artículo 230 de Código Federal De Procedimientos Civiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Sexto CAPÍTULO I
Artículo 230.- Del auto que decida sobre la revocación no habrá ningún recurso.
Ley [CFPC]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Sexto CAPÍTULO I
Artículo 230.- Del auto que decida sobre la revocación no habrá ningún recurso.