LIBRO Segundo TÍTULO Tercero CAPÍTULO III
Artículo 377.- En el caso de la fracción IV del artículo 373, no habrá lugar a la condenación en costas.
Ley [CFPC]
LIBRO Segundo TÍTULO Tercero CAPÍTULO III
Artículo 377.- En el caso de la fracción IV del artículo 373, no habrá lugar a la condenación en costas.
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Código Federal De Procedimientos Civiles (CFPC)
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