Ley [CMPP]

Artículo 425 de Código Militar De Procedimientos Penales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Los errores de derecho en la fundamentación de la sentencia o resolución impugnadas que no hayan influido en la parte resolutiva, así como los errores de forma en la transcripción, en la designación o el cómputo de las penas no anularán la resolución, pero serán corregidos en cuanto sean advertidos o señalados por alguna de las partes, o aún de oficio.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias