Ley [CNPCF]
Artículo 11 de Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Primero CAPÍTULO I SECCIÓN Segunda
Artículo 11. Por razón de su objeto, las acciones se clasifican en:
- Reales;
- Personales, y
- Del estado civil de las personas.