LIBRO Tercero TÍTULO Segundo CAPÍTULO II SECCIÓN Tercera
Artículo 504. La interposición de una tercería excluyente autoriza a la persona a pedir que se amplíe la ejecución en otros bienes de la persona deudora.
Ley [CNPCF]
LIBRO Tercero TÍTULO Segundo CAPÍTULO II SECCIÓN Tercera
Artículo 504. La interposición de una tercería excluyente autoriza a la persona a pedir que se amplíe la ejecución en otros bienes de la persona deudora.
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Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares (CNPCF)
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