Cuando un Juez o Magistrado advierta que se actualiza alguna de las causas de impedimento, se declarará separado del asunto sin audiencia de las partes y remitirá los registros al Órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo que establezca la Ley Orgánica, para que resuelva quién debe seguir conociendo del mismo.
Relaciones del artículo 38
Artículo seleccionado
Artículo
Ley completa
Salen del 38
Llegan al 38
Entre otros artículos
- Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.