Ley [LAAT]
Articulo 12
Ley De Ayuda Alimentaria Para Los Trabajadores
Artículo 12. Para el caso de los vales impresos y electrónicos previstos en quedará prohibido:
- Canjearlos por dinero, ya sea en efectivo o mediante títulos de crédito;
- Canjearlos o utilizarlos para comprar bebidas alcohólicas o productos del tabaco;
- Usarlos para fines distintos a los de o para servicios distintos a los definidos en el inciso b) o c) de la fracción I del artículo o en la fracción II de ese mismo artículo, y
- Utilizar la tarjeta de los vales electrónicos para retirar el importe de su saldo en efectivo, directamente del emisor o a través de cualquier tercero, por cualquier medio, incluyendo cajeros automáticos, puntos de venta o cajas registradoras, entre otros.