Ley [LAAT]

Articulo 18

Ley De Ayuda Alimentaria Para Los Trabajadores

Artículo 18. Para la aplicación de las sanciones derivadas de violaciones a , se observará el procedimiento administrativo establecido en las leyes sustantivas aplicables en materia sanitaria y laboral y, de forma supletoria a éstas, lo que prescriben la o equivalentes en las entidades federativas, según corresponda.

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