Ley [LAC]
Artículo 53 de Ley De Aviación Civil
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 53. Los pasajeros no tendrán los derechos a que se refiere el artículo anterior cuando el transporte lo hagan a título gratuito, con tarifas reducidas que no estén disponibles al público, o cuando no se presenten o lo hicieren fuera del tiempo fijado para documentar el embarque.