Artículo 35.- La Junta de Gobierno celebrará sesiones ordinarias trimestrales y las extraordinarias que se requieran de conformidad con el Estatuto respectivo.
Ley [LASoc]
Artículo 35.- La Junta de Gobierno celebrará sesiones ordinarias trimestrales y las extraordinarias que se requieran de conformidad con el Estatuto respectivo.
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Ley De Asistencia Social (LASoc)
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