"Hay que trabajar diariamente, si no, no se escriben los libros, se quedan en promesas y el mundo hispanoamericano es un mundo de promesas."
Carlos Fuentes

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Ley Agraria

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Ley Agraria

Última reforma publicada DOF 14-11-2025

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Resumen de la ley

Ley Agraria regula el aprovechamiento, protección o tenencia de recursos, tierras, aguas, vida silvestre o bienes vinculados con territorio y ambiente. Su artículo inicial permite ubicar el punto de partida de la norma: La presente ley es reglamentaria del artículo 27 Constitucional en materia agraria y de observancia general en toda la República. El texto analizado contiene 201 artículos ordinarios detectados y debe leerse junto con sus reformas, transitorios y disposiciones complementarias aplicables.

Aprovechamiento de recursos naturales Propiedad, uso o conservación de tierras y bienes Permisos, concesiones o autorizaciones Protección ambiental o de vida silvestre Coordinación entre autoridades Propiedad o uso regulado Medio ambiente sano Acceso a recursos conforme a la ley

Lo esencial

Qué regula

  • Aprovechamiento de recursos naturales
  • Propiedad, uso o conservación de tierras y bienes
  • Permisos, concesiones o autorizaciones
  • Protección ambiental o de vida silvestre
  • Coordinación entre autoridades

A quién aplica

  • Propietarios, poseedores, comunidades, usuarios, concesionarios y autoridades competentes.
  • Personas físicas o morales que aprovechan recursos o realizan actividades reguladas.

Materias principales

  • Aprovechamiento de recursos naturales
  • Propiedad, uso o conservación de tierras y bienes
  • Permisos, concesiones o autorizaciones
  • Protección ambiental o de vida silvestre
  • Coordinación entre autoridades

Derechos principales

  • Propiedad o uso regulado
  • Medio ambiente sano
  • Acceso a recursos conforme a la ley

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Autoridades agrarias
  • CONAGUA
  • SEMARNAT
  • PROFEPA
  • Autoridades locales competentes

Obligaciones principales

  • Usar recursos y bienes conforme a permisos, límites y medidas de conservación.
  • Cumplir disposiciones de protección, aprovechamiento y vigilancia.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Concesiones o autorizaciones
  • Registro o reconocimiento de derechos
  • Inspección y vigilancia
  • Procedimientos sancionadores

Sanciones o consecuencias

  • Multas
  • Revocación de permisos o concesiones
  • Medidas de restauración o reparación
  • Responsabilidad administrativa o penal

Definiciones importantes

ConceptoExplicación sencilla
Tierras agrícolaslos suelos utilizados para el cultivo de vegetales
Tierras ganaderaslos suelos utilizados para la reproducción y cría de animales mediante el uso de su vegetación, sea ésta natural o inducida
Tierras forestaleslos suelos utilizados para el manejo productivo de bosques o selvas. Se reputan como agrícolas las tierras rústicas que no estén efectivamente dedicadas a alguna otra actividad económica
300 hectáreas si se destina al cultivo de plátanocaña de azúcar, café, henequén, hule, palma, vid, olivo, quina, vainilla, cacao, agave, nopal o árboles frutales. Para los efectos de esta ley, se consideran árboles frutales las plantas perennes de tronco leñoso productoras de frutos útiles al hombre. Para ef
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Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1oLa presente ley es reglamentaria del artículo 27 Constitucional en materia agraria y de observancia general en toda la República.
2oEn lo no previsto en esta ley, se aplicará supletoriamente la legislación civil federal y, en su caso, mercantil, según la materia de que se trate.
3oEl Ejecutivo Federal promoverá la coordinación de acciones con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, en el ámbito de sus correspondientes atribuciones, para la...
4oEl Ejecutivo Federal promoverá el desarrollo integral y equitativo del sector rural mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales con perspectiva de género...
5oLas dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal fomentarán el cuidado y conservación de los recursos naturales y promoverán su aprovechamiento racional y...
6oLas dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal buscarán establecer las condiciones para canalizar recursos de inversión y crediticios que permitan la...
7oEl Ejecutivo Federal promoverá y realizará acciones que protejan la vida en comunidad, propicien su libre desarrollo y mejoren sus posibilidades de atender y satisfacer las demandas de sus...
8oEn los términos que establece la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal, con la participación de los productores y pobladores del campo a través de sus organizaciones representativas...
9oLos núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y son propietarios de las tierras que les han sido dotadas o de las que hubieren adquirido por...
10Los ejidos operan de acuerdo con su reglamento interno, sin más limitaciones en sus actividades que las que dispone la ley.
11La explotación colectiva de las tierras ejidales puede ser adoptada por un ejido cuando su asamblea así lo resuelva, en cuyo caso deberán establecerse previamente las disposiciones...
12Son ejidatarios los hombres y las mujeres titulares de derechos ejidales.
Mapa de temas
TemaArtículos detectadosDescripción
Aprovechamiento de recursos naturales2o, 5o, 6o, 8o, 10Tema principal detectado para ubicar reglas de aprovechamiento de recursos naturales dentro de la ley.
Propiedad, uso o conservación de tierras y bienes2o, 4o, 5o, 9o, 10Tema principal detectado para ubicar reglas de propiedad, uso o conservación de tierras y bienes dentro de la ley.
Permisos, concesiones o autorizacionesNo concentrado en artículos específicosTema principal detectado para ubicar reglas de permisos, concesiones o autorizaciones dentro de la ley.
Protección ambiental o de vida silvestre2o, 63, 71, 99Tema principal detectado para ubicar reglas de protección ambiental o de vida silvestre dentro de la ley.
Coordinación entre autoridades3o, 6o, 18, 19, 33Tema principal detectado para ubicar reglas de coordinación entre autoridades dentro de la ley.
Plazos importantes
  • Artículo 8o.- En los términos que establece la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal, con la participación de los productores y pobladores del campo a través de sus organizaciones representativas, formulará programas...
  • Artículo 24.- La asamblea podrá ser convocada por el comisariado ejidal o por el consejo de vigilancia, ya sea a iniciativa propia o si así lo solicitan al menos veinte ejidatarios o el veinte por ciento del total de...
  • Artículo 25.- La asamblea deberá celebrarse dentro del ejido o en el lugar habitual, salvo causa justificada. Para ello, deberá expedirse convocatoria con no menos de ocho días de anticipación ni más de quince, por...
  • Si el día señalado para la asamblea no se cumplieran las mayorías de asistencia requeridas para su validez, se expedirá de inmediato una segunda convocatoria. En este caso, la asamblea se celebrará en un plazo no menor...
  • Si al término del período para el que haya sido electo el comisariado ejidal no se han celebrado elecciones, sus miembros propietarios serán automáticamente sustituidos por los suplentes. El consejo de vigilancia deberá...
  • En caso de incumplimiento de la obligación garantizada, el acreedor, por resolución del tribunal agrario, podrá hacer efectiva la garantía de las tierras hasta por el plazo pactado, a cuyo vencimiento volverá el...
  • La Secretaría de la Reforma Agraria, previa audiencia, ordenará al ejitadario de que se trate, la enajenación de los excedentes dentro de un plazo de un año contado a partir de la notificación correspondiente. Si el...
  • La demanda presentada por cualquier interesado ante el tribunal agrario o la denuncia ante el Ministerio Público por despojo, interrumpirá el plazo a que se refiere el primer párrafo de este artículo hasta que se dicte...

Preguntas frecuentes

¿De qué trata Ley Agraria?

Ley Agraria regula el aprovechamiento, protección o tenencia de recursos, tierras, aguas, vida silvestre o bienes vinculados con territorio y ambiente. Su artículo inicial permite ubicar el punto de partida de la norma: La presente ley es reglamentaria del artículo 27 Constitucional en materia agraria y de observancia general en toda la República. El texto analizado contiene 201 artículos ordinarios detectados y debe leerse junto con sus reformas, transitorios y disposiciones complementarias aplicables.

¿Qué regula Ley Agraria?

Regula principalmente aprovechamiento de recursos naturales, propiedad, uso o conservación de tierras y bienes, permisos, concesiones o autorizaciones, protección ambiental o de vida silvestre, coordinación entre autoridades.

¿A quién aplica Ley Agraria?

Aplica principalmente a Propietarios, poseedores, comunidades, usuarios, concesionarios y autoridades competentes; Personas físicas o morales que aprovechan recursos o realizan actividades reguladas.

¿Qué artículos conviene revisar primero en Ley Agraria?

Conviene empezar por artículo 1o, porque La presente ley es reglamentaria del artículo 27 Constitucional en materia agraria y de observancia general en toda la República. También puede revisarse artículo 2o, porque En lo no previsto en esta ley, se aplicará supletoriamente la legislación civil federal y, en su caso, mercantil, según la materia de que se trate.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para ubicar aprovechamiento de recursos naturales, propiedad, uso o conservación de tierras y bienes, permisos, concesiones o autorizaciones, protección ambiental o de vida silvestre, identificar sujetos obligados, revisar artículos clave y conectar el tema con leyes relacionadas.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.
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LEY AGRARIA
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 1992
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 14-11-2025
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CARLOS SALINAS DE GORTARI; Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente
D E C R E T O