Ley [LAmn]

Artículo cuarto de Ley De Amnistía

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TRANSITORIOS

cuarto.. La Comisión por conducto de la Secretaría de Gobernación, enviará al Congreso de la Unión un informe anual sobre las solicitudes de amnistía pendientes y resueltas, así como de los supuestos por los cuales se han concedido.

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