Ley [LBio]

Artículo 4 de Ley De Biocombustibles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 4.- La interpretación para efectos administrativos y la aplicación de corresponde al Ejecutivo Federal, a través de la , la SADER y la SEMARNAT, en el ámbito de sus competencias.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias