Ley [LBio]

Artículo octavo de Ley De Biocombustibles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

TRANSITORIOS

octavo..- La debe expedir el Programa para promover el uso directo de la Biomasa como Biocombustibles, la Producción de Biocombustibles y su uso sustentable, previsto en la fracción III del artículo de la , dentro de los trescientos sesenta días naturales siguientes a la fecha de su entrada en vigor.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias