Artículo 74. Régimen de responsabilidades
Para los efectos de las responsabilidades administrativas de las servidoras públicas y los servidores públicos de la Carrera Judicial se estará a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y los acuerdos generales aplicables.