Ley [LCM]

Artículo 156 de Ley De Concursos Mercantiles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 156.- Podrán suscribir el convenio todos los Acreedores Reconocidos con excepción de los acreedores por créditos fiscales y los laborales en relación con lo dispuesto en la fracción XXIII del apartado A del artículo y en .

Para suscribir el convenio, no será necesario que los acreedores se reúnan a votar.

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