Ley [LCM]
Artículo 171 de Ley De Concursos Mercantiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 171.- El síndico deberá inscribir la sentencia de quiebra y publicar un extracto de la misma en términos de lo previsto en el artículo de .
Ley [LCM]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 171.- El síndico deberá inscribir la sentencia de quiebra y publicar un extracto de la misma en términos de lo previsto en el artículo de .