Ley [LCM]

Artículo 222 de Ley De Concursos Mercantiles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 222.- Son acreedores comunes todos aquellos que no estén considerados en los artículos al , y de y cobrarán a prorrata sin distinción de fechas.

Artículo reformado DOF

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