Ley [LCM]

Artículo 53 de Ley De Concursos Mercantiles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 53.- La sentencia de revocación del concurso mercantil se notificará y publicará en términos de los anteriores artículos y y se estará, en lo conducente, a lo dispuesto en el artículo de .

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias