Ley [LCM]

Artículo 62 de Ley De Concursos Mercantiles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 62.- Los interventores representarán los intereses de los acreedores y tendrán a su cargo la vigilancia de la actuación del conciliador y del síndico así como de los actos realizados por el Comerciante en la administración de su empresa.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias