Ley [LDSC]

Artículo 19 de Ley De Desarrollo Sustentable De La Cafeticultura

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley De Desarrollo Sustentable De La Cafeticultura (LDSC)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 19. La Secretaría podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, los municipios, así como con instituciones y organizaciones públicas y privadas, su colaboración para la integración y actualización confiable de dicho Sistema.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad