Ley [LDSCA]
Artículo 27 de Ley De Desarrollo Sustentable De La Caña De Azúcar
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Ley De Desarrollo Sustentable De La Caña De Azúcar (LDSCA)
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Artículo 27.- Los Comités celebrarán las reuniones que se indican a continuación:
- Ordinarias, una vez por semana durante la zafra y cada 15 días en el tiempo de pre-zafra, y
- Extraordinarias, cuando así lo requiera la atención de asuntos urgentes, deberán ser convocadas, por escrito, por cualquiera de sus miembros, debiendo acompañarse del orden del día correspondiente.