Ley [LEBHN]
Artículo 10 de Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 10.- El 24 de febrero se establece solemnemente como Día de la Bandera. En este día se deberán transmitir programas especiales de radio y televisión destinados a difundir la historia y significación de la Bandera Nacional. En esta fecha, las Autoridades realizarán jornadas cívicas en conmemoración, veneración y exaltación de la Bandera Nacional.
Artículo reformado DOF ,