Artículo 18.- El Sistema Educativo Militar impartirá educación del tipo superior, medio superior y de capacitación para el trabajo, en los términos que establecen esta Ley y las disposiciones legales respectivas.
Ley [LEMEFAGN]
Artículo 18.- El Sistema Educativo Militar impartirá educación del tipo superior, medio superior y de capacitación para el trabajo, en los términos que establecen esta Ley y las disposiciones legales respectivas.
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Ley De Educación Militar Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional (LEMEFAGN)
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