Ley [LEN]

Artículo 24 de Ley De Educación Naval

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Artículo 24. La difusión de la Cultura Naval de la Secretaría estará a cargo de la Universidad Naval, la cual será promovida a través de los Establecimientos Educativos Navales, orientada al fortalecimiento de la filosofía institucional que contribuya al desarrollo académico y profesional de los Discentes.

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