Artículo 10. Los Fondos de Aseguramiento contarán, cuando menos, con los siguientes órganos:
- Asamblea General de Socios;
- Consejo de Administración;
- Consejo de Vigilancia, y
- Un Director o Gerente.
Ley [LFAAR]
Artículo 10. Los Fondos de Aseguramiento contarán, cuando menos, con los siguientes órganos:
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Ley De Fondos De Aseguramiento Agropecuario Y Rural (LFAAR)
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