Ley [LFCE]

Artículo 30 de Ley Federal De Competencia Económica

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Primero TÍTULO Iii CAPÍTULO III

Artículo 30. La persona titular de la Autoridad Investigadora será designada y removida por el Pleno de la Comisión por mayoría de tres Personas Comisionadas, siendo necesario el voto favorable de la Persona Comisionada Presidente.

Artículo reformado DOF

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