Ley [LFCPQ]

Artículo 21 de Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/O Comprimidos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 21.- Las dependencias designarán a las unidades administrativas responsables de dar cumplimiento a los compromisos con otros países u organismos internacionales que se relacionen con el objeto de .

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias