"y si tienes capacidad de amar, amáte a ti mismo primero pero siempre sé consciente de la posibilidad de la total derrota ya sea por buenas o malas razones."
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Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/O Comprimidos (LFCPQ)

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Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/O Comprimidos

El texto oficial consultado señala que la Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/O Comprimidos fue publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 26 de diciembre de 1997. Tambien indica texto vigente con ultima reforma publicada el 3 de mayo de 2023.

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Relación normativa

Reglamentos vinculados

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Resumen de la ley

La Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/O Comprimidos controla la produccion, preparacion, enajenacion, adquisicion, importacion, exportacion, transporte, almacenaje y distribucion de sustancias y maquinas que pueden desviarse a la produccion de drogas sinteticas. La norma establece definiciones, sustancias controladas, informes anuales, avisos, registros en el Sistema Integral de Sustancias, documentacion de contrapartes, comunicacion inmediata de operaciones inusuales, reglas de importacion y exportacion, verificacion, base de datos, cooperacion internacional, sanciones administrativas y delitos.

Control de precursores quimicos. Productos quimicos esenciales. Maquinas para capsulas, tabletas o comprimidos. Sistema Integral de Sustancias. Informes, avisos, registros y documentacion. Importacion, exportacion y transporte. Verificacion administrativa. Prevencion de desvio a drogas sinteticas.

Lo esencial

Qué regula

  • Precursores quimicos y productos quimicos esenciales.
  • Maquinas para elaborar capsulas, tabletas o comprimidos.
  • Actividades reguladas de produccion, preparacion, enajenacion, adquisicion, importacion, exportacion, transporte, almacenaje y distribucion.
  • Informes anuales y avisos de transporte.
  • Registro de cada actividad en el Sistema Integral de Sustancias.
  • Verificacion de identidad y documentacion de contrapartes.
  • Operaciones inusuales, desaparicion o merma de sustancias.
  • Importacion, exportacion y aduanas autorizadas.
  • Multas, responsabilidad penal, decomiso y cooperacion internacional.

A quién aplica

  • Personas fisicas o morales que realizan actividades reguladas.
  • Empresas que producen, almacenan, comercializan, importan o exportan sustancias controladas.
  • Transportistas terrestres, maritimos o aereos de precursores o productos quimicos esenciales.
  • Personas que producen, enajenan, adquieren, importan, exportan o almacenan maquinas reguladas.
  • COFEPRIS, autoridades sanitarias, aduaneras, hacendarias, economicas, de transporte y marina.
  • Dependencias coadyuvantes de seguridad, medio ambiente y procuracion de justicia.

Materias principales

  • Control de precursores quimicos.
  • Productos quimicos esenciales.
  • Maquinas para capsulas, tabletas o comprimidos.
  • Sistema Integral de Sustancias.
  • Informes, avisos, registros y documentacion.
  • Importacion, exportacion y transporte.
  • Verificacion administrativa.
  • Prevencion de desvio a drogas sinteticas.
  • Sanciones administrativas y delitos.

Derechos principales

  • Realizar actividades reguladas licitas cuando se cumplan permisos, autorizaciones y registros.
  • Usar el Sistema Integral de Sustancias como plataforma de control y simplificacion administrativa.
  • Obtener certeza sobre sustancias, volumenes y actividades sujetas a control mediante acuerdos publicados.
  • Contar con reglas de confidencialidad para informacion reservada o de base de datos.
  • Ser verificado conforme a facultades legales y coordinacion de autoridades competentes.
  • Participar en comercio licito de sustancias y maquinas sin incurrir en desvio.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Secretaria de Salud.
  • Comision Federal para la Proteccion contra Riesgos Sanitarios.
  • Secretaria de Relaciones Exteriores.
  • Secretaria de Marina.
  • Secretaria de Hacienda y Credito Publico.
  • Unidad de Inteligencia Financiera.
  • Servicio de Administracion Tributaria.
  • Agencia Nacional de Aduanas de Mexico.
  • Secretaria de Economia.
  • Secretaria de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
  • Secretaria de la Defensa Nacional, Secretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana, SEMARNAT y Guardia Nacional como coadyuvantes.
  • Fiscalia General de la Republica y Ministerio Publico de la Federacion.

Obligaciones principales

  • Informar anualmente actividades reguladas y volumenes.
  • Presentar aviso de transporte cuando se transporten sustancias por primera vez.
  • Registrar cada actividad regulada en el Sistema Integral de Sustancias dentro de 24 horas.
  • Recabar, verificar, conservar y reportar documentos de las contrapartes.
  • Acreditar que la actividad regulada coincide con actividad comercial u objeto social.
  • Comunicar inmediatamente volumenes extraordinarios, metodos inusuales, posible desvio, desaparicion o merma.
  • Informar autorizaciones, licencias sanitarias o permisos de importacion y exportacion.
  • No importar ni exportar sustancias controladas por via postal, mensajeria o paqueteria.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Informe anual ante COFEPRIS, SICT, Marina o Economia segun actividad.
  • Aviso de transporte de precursores o productos quimicos esenciales.
  • Registro de actividades en el Sistema Integral de Sustancias.
  • Recopilacion y conservacion de autorizaciones sanitarias, avisos de funcionamiento y documentos corporativos.
  • Comunicacion inmediata de operaciones inusuales o mermas.
  • Permisos, licencias o autorizaciones de importacion y exportacion.
  • Verificacion administrativa por COFEPRIS, SICT, Marina o Economia.
  • Denuncia inmediata al Ministerio Publico de posibles desvios.
  • Integracion de base de datos interinstitucional.
  • Cooperacion internacional mediante unidades responsables y consulados.

Sanciones o consecuencias

  • Infringir obligaciones de informes, avisos, importacion, exportacion o maquinas puede generar multa de mil a tres mil UMA.
  • Infringir obligaciones de registro, documentacion o comunicacion inmediata puede generar multa de tres mil a cinco mil UMA.
  • Personas morales que realicen actividades fuera de su objeto social pueden recibir multa equivalente al diez por ciento de ingresos obtenidos.
  • El desvio o uso de sustancias para producir drogas sinteticas puede generar prision de diez a quince años y multa.
  • Poseer sustancias o maquinas sin autorizaciones o permisos puede generar prision de siete a diez años y multa.
  • Importar, exportar o transportar por mensajeria, paqueteria o via postal puede generar prision de seis a ocho años.
  • Puede decretarse decomiso de bienes instrumento, objeto o producto del delito.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
Actividades reguladasProduccion, preparacion, enajenacion, adquisicion, importacion, exportacion, transporte, almacenaje y distribucion.
DesvioCambiar el destino de sustancias o maquinas para producir drogas sinteticas.
Droga sinteticaSustancia de origen sintetico con efectos psicoactivos disponible en mercado de drogas ilicitas y usada con fines no medicos.
MaquinasElementos moviles o fijos para procesar materias en capsulas, tabletas o comprimidos.
Precursores quimicosSustancias fundamentales para producir drogas sinteticas e incorporar su estructura molecular al producto final.
Productos quimicos esencialesSustancias que pueden utilizarse para producir drogas sinteticas, como solventes, reactivos y catalizadores.
Sistema Integral de SustanciasPlataforma de control, registro y autorizaciones de COFEPRIS.
Merma inusualPerdida o disminucion definida por el reglamento para cada producto, proceso y transporte.
Consulta guiada

Explora a detalle

Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Define objeto y principio de control interinstitucional.
2Contiene definiciones operativas.
3Enumera autoridades competentes.
4 a 6Regulan sustancias y volumenes sujetos a control.
7 a 11Ordenan informes anuales y avisos.
12 a 14Regulan registro, documentos y operaciones inusuales.
15 y 16Establecen reglas de importacion y exportacion.
17 y 18Regulan maquinas y verificacion.
23 y 24Prevén multas administrativas.
25 a 31Tipifican delitos y decomiso.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Objeto y definiciones1 y 2Entender finalidad, actividades reguladas y conceptos.
Autoridades3Identificar dependencias que aplican la ley.
Sustancias controladas4 a 6Revisar listas, adiciones, supresiones y volumenes.
Informes y avisos7 a 11Conocer informes anuales y aviso de transporte.
Registros y documentos12 a 14Registrar operaciones, conservar documentos y reportar irregularidades.
Importacion y exportacion15 y 16Ver reglas de permisos, aduanas y prohibicion postal.
Maquinas17Informar operaciones con maquinas reguladas.
Verificacion y base de datos18 a 20Ubicar facultades de COFEPRIS y dependencias.
Sanciones y delitos23 a 31Identificar multas, penas, decomiso y responsabilidades.
Plazos importantes
  • La ley fue publicada el 26 de diciembre de 1997 y el texto fuente indica ultima reforma publicada el 3 de mayo de 2023.
  • El aviso de transporte debe presentarse dentro de los 30 dias siguientes a la primera ocasion en que se realice.
  • Los informes anuales deben presentarse dentro de los 60 dias naturales siguientes a la conclusion del año.
  • Cada actividad regulada debe registrarse en el Sistema Integral de Sustancias en un plazo no mayor a 24 horas desde que se lleva a cabo.
  • La documentacion de contrapartes debe conservarse fisicamente por cinco años desde la actividad regulada.
  • Las operaciones inusuales, propuestas sospechosas o mermas deben comunicarse inmediatamente a COFEPRIS por el sistema.

Preguntas frecuentes

¿Qué controla esta ley?

Controla precursores quimicos, productos quimicos esenciales y maquinas que pueden desviarse para producir drogas sinteticas.

¿Qué es el Sistema Integral de Sustancias?

Es la plataforma de COFEPRIS para control, registro y autorizaciones de actividades reguladas por esta ley.

¿Cuándo debe registrarse una actividad regulada?

Debe registrarse en el Sistema Integral de Sustancias dentro de las 24 horas siguientes a su realizacion.

¿Qué debe reportarse inmediatamente?

Volumenes extraordinarios, formas de pago o entrega inusuales, posibles desvios y desaparicion o merma inusual de sustancias.

¿La ley contiene delitos?

Si. Incluye delitos por desvio, posesion sin permisos, simulacion, documentos falsos, envio prohibido y uso indebido de informacion.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/O Comprimidos

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LEY FEDERAL PARA EL CONTROL DE PRECURSORES QUÍMICOS, PRODUCTOS QUÍMICOS ESENCIALES Y MÁQUINAS PARA ELABORAR CÁPSULAS, TABLETAS Y/O COMPRIMIDOS
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 1997
TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 03-05-2023

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS D E C R E T A: