Ley [LFDefP]

Artículo 3 de Ley Federal De Defensoría Pública

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Ley Federal De Defensoría Pública (LFDefP)

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Artículo 3. Para la prestación de los servicios de defensoría pública, se crea el Instituto Federal de Defensoría Pública, como órgano del Poder Judicial de la Federación. En el desempeño de sus funciones gozará de independencia técnica y operativa.

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