Ley [LFPC]

Artículo 62 de Ley Federal De Protección Al Consumidor

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 62.- Los prestadores de servicios tendrán obligación de expedir factura o comprobante de los trabajos efectuados, en los que deberán especificarse las partes, refacciones y materiales empleados; el precio de ellos y de la mano de obra; la garantía que en su caso se haya otorgado y los demás requisitos señalados en .

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias