Ley [LFPCCS_110518]
Artículo 29 de Ley Federal De Producción, Certificación Y Comercio De Semillas
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 29.- Para la correcta identificación de las semillas calificadas, deberán ostentar en su envase las etiquetas que para tal efecto establezcan las respectivas Normas Oficiales Mexicanas y las Reglas respectivas.