Ley [LFPCCS_110518]
Artículo 36 de Ley Federal De Producción, Certificación Y Comercio De Semillas
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 36.- La Secretaría a través del SNICS, podrá verificar y comprobar el cumplimiento de , su Reglamento, las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Reglas y Guías que de ella deriven mediante los actos de inspección y vigilancia así como de verificación que considere necesarios, de conformidad con la y la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.