Artículo 72. La Fiscalía General de la República y los tribunales federales son competentes para conocer de los delitos en materia de protección.
Ley [LFPPCPCIA]
Artículo 72. La Fiscalía General de la República y los tribunales federales son competentes para conocer de los delitos en materia de protección.
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Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas (LFPPCPCIA)
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