Artículo 85.- Además de los requisitos señalados en el artículo 94 de esta Ley, la solicitud de registro deberá contener:
- I - La manifestación bajo protesta de decir verdad, de la fecha y lugar de la primera explotación comercial ordinaria del esquema de trazado en alguna parte del mundo, o de que éste no ha sido explotado;
- II - Una descripción para la comprensión del esquema de trazado;
- III - La indicación de la función electrónica que realice el circuito integrado al que se incorpora el esquema de trazado;
- IV - La reivindicación de la denominación del esquema de trazado seguido de las palabras "Tal como se ha referido e ilustrado", y
- V - Una reproducción gráfica o fotográfica del esquema de trazado.
La persona solicitante podrá excluir las partes de la reproducción gráfica o fotográfica relativas a la forma de fabricación del circuito integrado, siempre y cuando las partes presentadas sean suficientes para permitir la identificación del esquema de trazado.
Párrafo reformado DOF