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Artículo 54

Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación

Artículo 54.- En la fiscalización de las garantías que otorgue el Gobierno Federal la revisará que el mecanismo jurídico empleado como fuente de pago de las obligaciones no genere gastos administrativos superiores a los costos promedio en el mercado; asimismo que la contratación de los empréstitos se dé bajo las mejores condiciones de mercado, así como que se hayan destinado los recursos a una inversión pública productiva, reestructura o refinanciamiento.

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