Ley [LFSA]

Artículo 146 de Ley Federal De Sanidad Animal

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 146.- Los profesionistas autorizados, deberán estar permanentemente actualizados y aprobar los exámenes de conocimientos y cumplir con los requisitos que se determinen en el Reglamento de .

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