Ley [LFSA]
Artículo 8 de Ley Federal De Sanidad Animal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 8.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal se coordinarán con la Secretaría, cuando realicen actividades que tengan relación con las materias de sanidad animal o de buenas prácticas pecuarias de los bienes de origen animal.