Ley [LFSA]

Artículo 82 de Ley Federal De Sanidad Animal

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 82.- Le corresponde a la Secretaría asumir los costos inmediatos de despoblación en las unidades de producción, cuando se presenten en territorio nacional emergencias zoosanitarias por enfermedades exóticas.

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