Ley [LFSA]
Artículo 82 de Ley Federal De Sanidad Animal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 82.- Le corresponde a la Secretaría asumir los costos inmediatos de despoblación en las unidades de producción, cuando se presenten en territorio nacional emergencias zoosanitarias por enfermedades exóticas.