Ley [LFSV]
Artículo 63 de Ley Federal De Sanidad Vegetal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 63.- Todo ciudadano podrá denunciar directamente ante la Secretaría, los hechos, actos u omisiones que atenten contra la sanidad vegetal o la contaminación en la producción primaria de vegetales y la condición fitosanitaria.
Artículo reformado DOF