Artículo 195.- El escrito a que se refiere el artículo anterior contendrá:

  1. Lugar y fecha de su celebración;
  2. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, y domicilio del trabajador y del patrón;
  3. Mención del buque o buques a bordo de los cuales se prestarán los servicios;
  4. Si se celebra por tiempo determinado, por tiempo indeterminado o por viaje o viajes;
  5. El servicio que deba prestarse, especificándolo con la mayor precisión;
  6. La distribución de las horas de jornada;
  7. El monto de los salarios;
  8. El alojamiento y los alimentos que se suministrarán al trabajador;
  9. El período anual de vacaciones;
  10. Los derechos y obligaciones del trabajador;
  11. El porcentaje que percibirán los trabajadores cuando se trate de dar salvamento a otro buque; y
  12. Las demás estipulaciones que convengan las partes.
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