Ley [LFT]

Artículo 459 de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Federal Del Trabajo (LFT)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 459.- La huelga es legalmente inexistente si:

  1. La suspensión del trabajo se realiza por un número de trabajadores menor al fijado en el artículo 451, fracción II;
  2. No ha tenido por objeto alguno de los establecidos en el artículo 450; y
  3. No se cumplieron los requisitos señalados en el artículo 920.

    Fracción reformada DOF

No podrá declararse la inexistencia de una huelga por causas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad