Artículo quinto.- El Diagnóstico Nacional a que se refiere la fracción XII del artículo 44 de la ley deberá realizarse dentro de los 365 días siguientes a la integración del Sistema.
Ley [LGAMVLV]
Artículo quinto.- El Diagnóstico Nacional a que se refiere la fracción XII del artículo 44 de la ley deberá realizarse dentro de los 365 días siguientes a la integración del Sistema.
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Ley General De Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencias (LGAMVLV)
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