Ley [LGB]

Artículo 36 de Ley General De Bibliotecas

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 36. Son Instituciones Depositarias reconocidas por :

  1. La Biblioteca de México;
  2. La Biblioteca del Congreso de la Unión, y
  3. La Biblioteca Nacional de México.
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