Ley [LGCDC]

Artículo 39 de Ley General De Cultura Y Derechos Culturales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 39.- La Secretaría de Cultura en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública de los tres órdenes de gobierno competentes en la materia, promoverá y concertará con los sectores privado y social los convenios para la investigación, conservación, promoción, protección y desarrollo del Patrimonio Cultural.

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