Ley [LGCDC]

Artículo 38 de Ley General De Cultura Y Derechos Culturales

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Ley General De Cultura Y Derechos Culturales (LGCDC)

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Artículo 38.- La Secretaría de Cultura celebrará los convenios de concertación para la ejecución de la política pública en la materia e impulsará una cultura cívica que fortalezca la participación de la sociedad civil en los mecanismos de participación que se creen para tal efecto. Las entidades federativas llevarán acciones similares en el ámbito de su competencia.

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