Ley [LGCDC]

Artículo 8 de Ley General De Cultura Y Derechos Culturales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 8.- La Secretaría de Cultura coordinará y promoverá el programa de asignación de vales de Cultura con la participación del sector social y privado, de las entidades federativas, de los municipios y de las alcaldías de la Ciudad de México, para incrementar el acceso a la cultura de los sectores vulnerables.

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