Ley [LGCFD]

Artículo 20 de Ley General De Cultura Física Y Deporte

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 20. El Director General del organismo será nombrado y removido por el Presidente de la República, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los requisitos señalados en el artículo de la .

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